Proyecto de Ley Olvido Oncológico

Que modifica la ley N° 21.258, para consagrar el derecho al olvido oncológico.

Actualizada a 1/08/2024

 Datos Generales

Que modifica la ley N° 21.258, para consagrar el derecho al olvido oncológico.

 

N° boletín 16089-11

 

 

Fecha de ingreso: 12 de julio, 2023

 

Origen: Moción

 

Cámara de Ingreso: Senado

Autores: Juan Luis Castro (PS), Francisco Chahuán (RN), Sergio Gahona (UDI), Matías Walker (Demócratas), Ximena Órdenes (PPD)

 

Palabras Claves:

 

–       Ley N° 21.258

–       Derecho al Olvido

–       Cáncer y Oncología

 

Estado: Tramitación Terminada/Ley N° 21.656

              23/01/2024: Oficio de ley al Ejecutivo

Antecedentes y Contenidos

El proyecto se inspira en la resolución del 16 de febrero del año 2022, del Parlamento Europeo, en que se solicita formalmente a los países miembros que garanticen el derecho al olvido oncológico, a efectos de paliar y eliminar la discriminación que sufren los supervivientes de cáncer una vez que superan la enfermedad.

Tales actos de discriminación se concentran en el sector financiero, donde aseguradoras y bancos toman en consideración los antecedentes médicos de sus clientes, para condicionar su prestación de servicios.

Se solicito a los países garantizar el derecho al olvido de aquellas personas que padecieron de cáncer, 10 años después de finalizar su tratamiento, y al menos 5 años después para quienes fueron diagnosticados antes de los 18 años. Tales cambios fueron adoptados por países como Francia, Luxemburgo, Países Bajos, y Bélgica.

Este proyecto busca imitar dichas iniciativas en Chile, donde las empresas del sector financiero ejercen conductas similares a las europeas, sumándose a los múltiples esfuerzos nacionales por combatir el cáncer, así como sus efectos, incluso más allá de la salud.

Contenido del Proyecto

Se incorpora un nuevo “Artículo 8 bis” a la ley N° 21.258 que crea la ley nacional del cáncer, que rinde homenaje póstumo al doctor Claudio Mora.